Skip to main content
Ícono de Diversidad Biologica

The Cartagena Protocol on Biosafety to the Convention on Biological Diversity

The Cartagena Protocol, in force since September 2003, was adopted as a complementary agreement to the Convention on Biological Diversity. The Protocol seeks to protect biological diversity by managing the movements of Live Modified Organisms resulting from the application of modern technology (LMOs) between countries. It establishes a procedure for prior informed agreement to ensure countries have the necessary information to make decisions about the importing of LMOs into their territory.

Countries

Country Ratification/accession

Highlights

Acceso a la información (artículos 20, 21.6 y 23.3)

A los efectos del presente Convenio la siguiente información relacionada al movimiento de un OVM no será considerada confidencial: El nombre y dirección del notificador; una descripción general del OVM; un resumen de la evaluación de riesgos de los efectos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo en cuenta los riesgos para la salud humana y los métodos y planes de respuesta en caso de emergencia.

Se establece un Centro de Intercambio de Información sobre la Biotecnología para facilitar el intercambio de información y experiencia científica, técnica, ambiental y jurídica en relación con los OVMs y prestar asistencia a las Partes en la aplicación del Protocolo.   Cada Parte velará porque su población conozca el modo de acceder a dicho Centro. 

Educación ambiental y participación del público (artículo 23)

Las Partes fomentarán y facilitaran la concientización, la educación y la participación del público relativas a la seguridad de la transferencia, manipulación y utilización de los OVM, la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica teniendo en cuenta los riesgos para la salud humana e incluyendo el acceso del público a la información sobre OVM.  Asimismo, las Partes, de conformidad con sus leyes y reglamentaciones respectivas, celebrarán consultas con el público en el proceso de adopción de decisiones en relación con los OVM y darán a conocer al público los resultados de esas decisiones.