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Sentencia del Segundo Tribunal Ambiental de Chile (Rol No. 14-2014)

El 15 de diciembre de 2014 una sociedad limitada interpuso una demanda de reparación por daño ambiental en contra de una minera y el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) producto del colapso del Tranque de Relaves Las Palmas, ubicado en la comuna de Pencahue, con ocasión del terremoto ocurrido en Chile el año 2010 y que generó contaminación y daño principalmente al componente suelo. 

Highlights

Considerando 16, página 31 de la sentencia: Que en la demanda de reparación por daño ambiental, no es necesario que el demandante exponga detalladamente las medidas de reparación, sino que basta con que las solicite de manera general. Una de las razones de ello, dice el tribunal, es porque de lo contrario se exigiría al demandante un conocimiento técnico demasiado elevado.

Considerando 150, página 91,  la sentencia dice que la presunción del artículo 52 de la ley 19.300 se debe extender también a la causalidad, en gran medida por la dificultad que trae aparejado probar la causalidad en materia ambiental.

Decision

El Tribunal Ambiental de Santiago condenó por unanimidad a la minera a reparar el daño causado dado que habría incurrido en incumplimientos (i) relacionados con las obligaciones contraídas en el programa de cierre y abandono de la faena, entre otros, y (ii) con aquellos relacionados con la normativa sobre residuos peligrosos. Así, el Tribunal estimó que ambas omisiones eran causa directa y necesaria del daño al medio ambiente, por cuanto importan una omisión a la ejecución de obras y medidas destinadas a dar una solución definitiva a la situación generada por los residuos tóxicos derramados en el sector de Las Palmas.