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El Protocolo De Montreal Relativo a Las Sustancias Que Agotan La Capa De Ozono
El Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono del Convenio de Viena ha sido ratificado por los 33 países de América Latina y el Caribe. Desde su entrada en vigor en 1989 y en respuesta a los avances tecnológicos, el Protocolo ha sido ajustado en seis ocasiones y modificado en cuatro. Tanto la Convención como el Protocolo (incluidas cuatro enmiendas) cuentan con participación universal. Su objetivo es aplicar límites a la producción y el consumo de los principales productos químicos que destruyen la capa de ozono que protege a la Tierra. El Protocolo contribuye también a los esfuerzos mundiales contra el cambio climático, dado que la mayoría de las sustancias que agotan el ozono eliminadas en el Protocolo son también potentes gases de efecto invernadero.
Países
| País | Estado parte desde |
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03/12/1992 |
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18/09/1990 |
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04/05/1993 |
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16/10/1992 |
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09/01/1998 |
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03/10/1994 |
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19/03/1990 |
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26/03/1990 |
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06/12/1993 |
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30/07/1991 |
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14/07/1992 |
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31/03/1993 |
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18/05/1993 |
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30/04/1990 |
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02/10/1992 |
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31/03/1993 |
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07/11/1989 |
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12/08/1993 |
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29/03/2000 |
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14/10/1993 |
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31/03/1993 |
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31/03/1988 |
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05/03/1993 |
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03/03/1989 |
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03/12/1992 |
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31/03/1993 |
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10/08/1992 |
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28/07/1993 |
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02/12/1996 |
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14/10/1997 |
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28/08/1989 |
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08/01/1991 |
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06/02/1989 |
Destacados
Sensibilización del público e intercambio de información (artículo 9)
Las Partes cooperarán para fomentar, directamente o por conducto de los órganos internacionales competentes, el intercambio de información y para favorecer la sensibilización del público ante los efectos que tienen sobre el medio ambiente las emisiones de las sustancias controladas y de otras sustancias que agotan la capa de ozono.
Cada Parte presentará cada dos años a la Secretaría un resumen de las actividades que haya realizado de conformidad con lo dispuesto en el presente artículo.
Presentación y difusión de datos (artículos 7 y 12)
Toda Parte proporcionará a la Secretaría datos estadísticos sobre su producción, importaciones y exportaciones de cada una de las sustancias controladas. La Secretaría preparará y distribuirá periódicamente a las Partes informes basados en la información recibida.
