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Decreto Supremo que declara de interés nacional la emergencia climática (N° 003-2022-MINAM)

El Decreto Supremo declara de interés nacional la emergencia climática nacional, a fin de ejecutar con carácter de urgencia medidas para implementar la acción climática de acuerdo con lo establecido en las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional al año 2030 y establece líneas prioritarias que brindan soporte a la emergencia climática con relación a la gobernanza climática, educación en cambio climático, derechos humanos y justicia climática, entre otros.

Participación pública (artículo 2)

La gobernanza climática se realizará a través del Ministerio del Ambiente que fortalecerá los mecanismos de participación existentes como la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático y la Plataforma de los Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático.

Derechos:
Participación en planes, programas y políticas / Pueblos indígenas (artículo 2)

En el marco de la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático, los actores no estatales, academia, colegios profesionales, mujeres, pueblos indígenas u originarios, pueblo afroperuano, jóvenes, representantes de la Mesa de concertación de lucha contra la pobreza, organizaciones no gubernamentales ambientales, sindicatos de trabajadoras y trabajadores, y sector privado promoverán la acción climática concertada.

Derechos:
Acceso a la justicia (artículo 2)

El Ministerio del Ambiente, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, desarrolla un enfoque de derechos humanos y justicia climática para mitigar los impactos sociales del cambio climático en las poblaciones en situación de vulnerabilidad y como consecuencia de la pérdida de ecosistemas que constituyen la fuente para su subsistencia y desarrollo.

El Ministerio del Ambiente promueve la articulación con las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental y el fortalecimiento de la fiscalización ambiental en los tres niveles de gobierno, priorizando las zonas con mayor desarrollo de actividades ilegales.

Derechos:
Educación ambiental y de derechos humanos (artículo 2)

El Ministerio de Educación junto con otras instituciones promoverán en el sistema educativo en todas las etapas el desarrollo competencias considerando el enfoque ambiental, derechos humanos y los otros enfoques transversales del currículo vigente relacionadas con el cambio climático. Asimismo, consideran el diseño de estrategias de comunicación y sensibilización.