Pasar al contenido principal

Constitución Política de la República de Costa Rica

La Constitución Política de la República de Costa Rica establece que toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, todas las personas están legitimadas para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado debiendo el Estado garantizar, defender y preservará ese derecho. 

Derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado (artículo 50)

El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza.

Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado.

El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las responsabilidades y las sanciones correspondientes.

Derecho a la información (artículos 29 y 30)

Todos pueden comunicar sus pensamientos de palabra o por escrito, y publicarlos sin previa censura; pero serán responsables de los abusos que cometan en el ejercicio de este derecho, en los casos y del modo que la ley establezca.

Se garantiza el libre acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público.

Derechos:
Derecho a participar (artículos 9, 25 y 26)

El Gobierno de la República es popular, representativo, participativo, alternativo y responsable.

Los habitantes de la República, tienen derecho de asociarse para fines lícitos. Nadie podrá ser obligado a formar parte de asociación alguna.

Todos tienen derecho de reunirse pacíficamente y sin armas, ya sea para negocios privados, o para discutir asuntos políticos y examinar la conducta pública de los funcionarios.

Derechos:
Derecho a recurrir (artículos 41, 49 y 50)

Toda persona está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. 

Ocurriendo a las leyes, todos han de encontrar reparación para las injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales. Debe hacérseles justicia pronta, cumplida, sin denegación y en estricta conformidad con las leyes.

Establécese la jurisdicción contencioso - administrativa como atribución del Poder Judicial, con el objeto de garantizar la legalidad de la función administrativa del Estado, de sus instituciones y de toda otra entidad de derecho público.

Derechos: