Corresponde al SINAPROC recopilar y mantener un sistema de información, a través de un centro de datos moderno, con la finalidad de obtener y ofrecer las informaciones necesarias para la planificación de estrategias y medidas sobre gestión de riesgos y protección civil. Promoverá programas de educación, análisis, investigación e información técnica y para tal efecto cooperará con entidades privadas e internacionales.
Ley que reorganiza el Sistema Nacional de Protección Civil (Ley No. 7 de 2005)
Esta ley crea el Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC) como un organismo humanitario, encargada de ejecutar medidas, disposiciones y órdenes tendientes a evitar, anular o disminuir los efectos que la acción de la naturaleza o la antropogénica pueda provocar sobre la vida y bienes del conglomerado social.
Transparencia activa (artículo 5) / Educación ambiental
Rights:
Participación en planes, programas y políticas (artículo 11)
Las entidades privadas y las organizaciones no gubernamentales legalmente reconocidas, dedicadas a realizar actividades relacionadas con la protección civil, deberán coordinar sus políticas, reglamentos y actividades con las políticas y reglamentos que al efecto establezca el SINAPROC.
Rights: