Pasar al contenido principal

Sentencia de la Corte Constitucional de Colombia (T-800 de 2014)

Un miembro de la comunidad raizal solicita la protección del derecho fundamental a la consulta previa y la integridad cultural de los integrantes de su comunidad que habitan en la isla de Providencia alegando la falta de participación en el desarrollo de un proyecto turístico en la isla, a través del proceso de consulta previa. 

Destacados

Considerando 5, página. 24: "La relación de los raizales con la isla y el territorio es, tanto económica como de carácter cultural y ambiental. La intervención de personas externas a la comunidad raizal con fines económicos, como ocurre con la construcción del proyecto “Spa-Providencia”, representa una amenaza a la integridad cultural de esta comunidad étnica (…) De allí que el proceso de consulta se haga imperioso para que los raizales comprendan la magnitud del proyecto bajo sus usos y costumbres."

A través de sus consideraciones la Corte recuerda su amplia jurisprudencia acerca de la participación que se les da a los pueblos indígenas y tribales en Colombia a través de la Consulta Previa. Resalta que la acción de tutela es la apropiada para solicitar la protección del derecho a la consulta previa.

Decisión

La Corte acogió la demanda ordenando a varias autoridades públicas responsables a realizar una Consulta a la comunidad Raizal para establecer los impactos del proyecto frente a la isla y la comunidad. Antes de la consulta ordena que se capacite a la comunidad sobre cómo se desarrollará su participación y se le informe sobre el proyecto. También ordena suspender la construcción del proyecto hasta que se culmine el proceso de participación.